La Agencia Tributaria ha recibido más de 60.000 peticiones del cheque de 200 euros destinado a trabajadores, autónomos y desempleados con rentas bajas durante el primer día que se ha habilitado su solicitud, según fuentes del Ministerio de Hacienda.
Hasta las 17.00 horas del pasado viernes 8 de junio, día en el que se abrió el plazo para solicitar estas nuevas ayudas, se han presentado un total de 60.790 solicitudes para acceder a la ayuda de 200 euros incluida en el Real Decreto-ley recientemente aprobado por el Gobierno para paliar las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania.
En total, el Gobierno prevé destinar 540 millones a esta ayuda de 200 euros, que consistirá en un pago único y que el Ejecutivo prevé que beneficiará a 2,7 millones de personas.
Plazo de solicitud de la ayuda de 200 euros
El Gobierno prevé destinar 540 millones a esta ayuda de 200 euros, que consistirá en un pago único y que el Ejecutivo prevé que beneficiará a 2,7 millones de personas. El plazo está abierto desde el 8 de julio y hasta el 30 de septiembre de 2022.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada. Contra esta desestimación presunta se podrá interponer recurso de reposición y reclamación económico-administrativa, en los términos previstos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. No obstante, desde Hacienda aseguran que se está trabajando para agilizar al máximo la tramitación de la ayuda, lo que requiere contar con cierta información previa de contraste que el fisco ya ha solicitado a otros organismos.
Cómo se pide la ayuda de 200 euros
La solicitud se deberá presentar en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria rellenando un formulario electrónico, en el que, necesariamente, deberá figurar la cuenta bancaria en la que se desee que se realice el abono.
Además de los datos bancaros, deberán figurar los datos identificativos y domicilio del solicitante y de las personas con las que convive en el hogar, así como un teléfono de contacto y el número de cuenta bancaria para hacer efectivo el pago de la ayuda.
Requisitos para recibir la ayuda de 200 euros
Para recibir esa ayuda, los beneficiarios deben residir en hogares en los que la suma de las rentas que perciban los convivientes sea inferior a 14.000 euros en 2021 y cuyo patrimonio descontando la vivienda habitual no supere los 43.196,40 euros.
El cómputo de ingresos y de patrimonio se efectuará de manera conjunta, considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 «y estén unidos entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos dos años de antelación o por parentesco, hasta el tercer grado, incluido los afines, con cualquiera de los anteriores, así como otras personas con las que cualquiera de los anteriores conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente».
Los beneficiarios deben tener residencia legal y efectiva en España en la fecha de entrada en vigor de real decreto-ley, desde el 27 de junio, y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior.
Incompatibilidades
Se excluye de esta ayuda a quienes ya cobren el Ingreso Mínimo Vital o reciban pensiones del Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
Para estos colectivos, el Real Decreto-ley contempla ya medidas concretas como la prórroga del incremento del 15% del Ingreso Mínimo Vital o de las pensiones no contributivas, que implica incrementos anuales superiores a los 200 euros. Y, en el caso de las pensiones contributivas, el Gobierno garantiza el incremento en línea con la inflación para garantizar que no existe una merma del poder adquisitivo.
Folletos, vídeos explicativo y dudas frecuentes
Según ha explicado el Ministerio de Hacienda a través de un comunicado, uno de los motivos por el que se ha optado por la publicación del formulario a final de la semana es para dar un margen previo a los solicitantes que no estén dados de alta en el sistema ‘Clave’, ni cuenten con certificado electrónico, para que realicen ese sencillo trámite de alta en ‘Clave’ por internet o videollamada evitándose desplazamientos, o en las oficinas de la Agencia u otros organismos públicos. Cabe recordar que el alta en ‘Clave’ solo requiere aportar los datos del DNI y un número de teléfono móvil.
Toda la información necesaria en relación con este trámite, así como la propia vinculada a la ayuda de los 200 euros, se recoge en folletos y vídeos explicativos que se irán publicando en la web de la Agencia. Además, ya está disponible en la web un bloque específico de preguntas frecuentes sobre la ayuda, y todo ello se complementará con carteles informativos en las zonas de atención al público de las oficinas en todo el territorio.